Facturación electrónica B2B

La factura electrónica entre empresas va a ser obligatoria

La factura electrónica no es lo mismo que VERIFACTU. Aquí no hablamos del programa con el que emites, sino de cómo las empresas se van a enviar y recibir las facturas entre sí: en un formato electrónico estructurado, a través de plataformas de intercambio. Te ayudamos a llegar preparado.

Para no confundirlas

VERIFACTU y factura electrónica: dos cosas distintas

Es la duda más frecuente. Se pueden resumir así: VERIFACTU tiene que ver con cómo se genera la factura en tu programa; la factura electrónica tiene que ver con cómo viaja esa factura hasta tu cliente o proveedor.

VERIFACTU

Adaptación del sistema de facturación

  • Afecta al programa con el que emites.
  • Garantiza que los registros no se alteran.
  • Puede remitir registros a la Agencia Tributaria.

Ver VERIFACTU →

Factura electrónica

Emisión, recepción e intercambio

  • Afecta a cómo intercambias facturas con otras empresas.
  • Formato electrónico estructurado, no un PDF.
  • Incluye informar del estado de la factura.

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Qué es

Una factura que las máquinas entienden, no solo las personas

Una factura electrónica estructurada es una factura emitida, transmitida y recibida en un formato electrónico que los sistemas informáticos pueden leer y procesar automáticamente y que debe cumplir los requisitos legales de facturación. No es un PDF adjunto a un correo: es un archivo que el programa del cliente puede incorporar sin que nadie lo teclee de nuevo.

Esto puede reducir errores, facilitar la gestión y mejorar la trazabilidad de cada factura: cuándo se emitió, cuándo se recibió y cuál es su estado. Ese es el modelo hacia el que avanza la facturación entre empresas en España.

Estado de la normativa

Dónde está la obligación hoy

Ya en vigor

La factura electrónica con las Administraciones Públicas ya está implantada desde hace años en los supuestos obligatorios, mediante puntos de entrada como FACe.

En despliegue para el B2B

La obligación entre empresas y profesionales se está desarrollando por fases. El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, establece los requisitos técnicos del sistema.

Plazos por confirmar

La aplicación efectiva depende de una orden ministerial pendiente. Los plazos se cuentan desde su entrada en vigor: doce meses después para quienes facturen más de 8 millones de euros y veinticuatro meses para el resto.

Fuente: Agencia Tributaria y BOE (Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado el 31/03/2026). Consultado el 24/08/2026. La fecha exacta de arranque depende de una orden ministerial que a esta fecha no está publicada; no damos por definitiva ninguna fecha concreta hasta que se confirme oficialmente, y actualizaremos esta página cuando ocurra.

Nuestro servicio

Cómo te preparamos para la factura electrónica

1

Analizamos tu situación

Revisamos con qué facturas, cómo intercambias hoy tus facturas y qué exige tu caso.

2

Elegimos la vía adecuada

Según tu programa y volumen, valoramos las opciones disponibles para emitir y recibir en formato electrónico.

3

Configuramos e integramos

Preparamos tu software de gestión para que encaje con el modelo de intercambio que corresponda.

4

Preparamos al equipo y acompañamos

Tu equipo aprende a trabajar con el nuevo circuito y cuenta con soporte posterior.

No inventamos formatos ni integraciones concretas antes de tiempo: cuando el marco técnico esté cerrado y publicado, trabajaremos sobre las plataformas y formatos que sean oficialmente válidos.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

¿La factura electrónica es lo mismo que VERIFACTU?

No. VERIFACTU tiene que ver con el programa con el que emites tus facturas y sus requisitos técnicos. La factura electrónica tiene que ver con cómo se intercambian las facturas entre empresas, en formato electrónico estructurado. Son dos obligaciones distintas que pueden coincidir en el tiempo.

¿Un PDF enviado por correo cuenta como factura electrónica?

En el modelo obligatorio entre empresas no basta con un PDF: se exige un formato electrónico estructurado que los sistemas puedan procesar automáticamente. Un PDF es una imagen de la factura para las personas, no un archivo que el programa del cliente pueda incorporar por sí solo.

¿Desde cuándo estaré obligado?

La obligación entre empresas se desplegará por fases, con plazos que se cuentan desde la entrada en vigor de una orden ministerial que a fecha de hoy está pendiente. Preferimos no dar una fecha cerrada hasta que se confirme oficialmente; cuando se publique, te informaremos.

¿Tengo que hacer algo ya?

Aún no hay que correr, pero sí conviene tener el software de gestión al día y saber si tu programa contempla la factura electrónica. Adaptar VERIFACTU y ordenar tu facturación ahora te deja en buena posición para cuando llegue la obligación del B2B.

Ya facturo a la Administración por FACe, ¿me sirve?

Facturar a la Administración por FACe es un buen punto de partida, porque ya trabajas con factura electrónica. El modelo obligatorio entre empresas tiene sus propias reglas, así que revisaremos qué te falta para cumplir también en el ámbito B2B.

Prepárate con margen, sin prisas de última hora

Cuéntanos cómo facturas hoy y con qué programa trabajas. Te explicamos qué implica la factura electrónica en tu caso y cómo llegar preparado cuando sea obligatoria.

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